jueves, 28 de agosto de 2008

APAFAS INICIAN PROCESO ELECTORAL (PARTE I)

Estando Ad Portas el Mes de Septiembre , les recordamos a los Consejos Directivos de APAFAS que se encuentran en el último año de gestión, que de conformidad con la Ley No. 28628 (Ley que regula la participación de los Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas) y de su Reglamento el Decreto Supremo No. 004-2006-ED, se debe efectuar en la primera quincena del Mes de Octubre –a más tardar- la Convocatoria para el inicio del Proceso Electoral conducente a la Elección de Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y de representantes ante el Consejo Educativo Institucional (CONEI).

Es preciso resaltar el carácter democrático que identifica esta etapa en la vida institucional de toda APAFA, el ejercicio del voto es el reflejo de la madurez y compromiso de cada uno de sus asociados con su ente representativo. Por ello la renovación de sus cuadros directivos a través de elecciones generales, es una inyección de nuevos aires y significa en buena cuenta una dinámica que brinda una idea de vitalidad y funcionamiento institucional.

Elegir es optar entre una o varias alternativas de gobierno o representación, significa la práctica efectiva de una atribución ciudadana inalienable : todos tienen el derecho de elegir a quienes van a ser sus representantes . Al mismo tiempo entraña la obligación de respetar las posiciones adversas dentro de un amplio marco de tolerancia. Esa es la base del clima institucional que favorece toda interacción humana.

En el terreno de las ideas, opiniones y posiciones podemos ser contrarios o antagonistas pero jamás se debe llegar ser enemigos por esa causa.


1. CARACTERISTICAS DEL VOTO

Universal : Todos los padres de familia asociados en la APAFA de cada IE está obligado a participar del acto de sufragio. Del mismo modo todas las APAFAS de cada una de las IIEE del país tienen el deber de realizar votaciones en sus respectivos ámbitos de responsabilidad.

Secreto : La emisión del voto es un acto que se ejerce a solas , desde su emisión en la cámara de votación hasta el escrutinio pues no hay señal alguna de identidad en las cédulas de votación.

Directo: El sufragio es un acto personalísimo, no hay representación válida en ningún caso, por lo que hay ser cuidadosos en la identificación y acreditación de los asociados con derecho a voto.

2. ACTOS PREPARATORIOS

Previo al inicio al proceso electoral se requiere tener en cuenta lo siguiente:
  • El Consejo Directivo saliente debe contar con el Padrón de Asociados al día, el cual debe contener los siguientes datos, Nombres y Apellidos del Asociado (a) , documento de identidad, nombres de los hijos matriculados en la IE con indicación del Nivel (Primaria o Secundaria), grado de estudios y sección.

  • Provisión de recursos económicos y materiales que servirán para llevar a cabo el proceso electoral.
El Consejo Directivo saliente debe convocar al Pleno de los Comités de Aula para recordarles los pormenores del proceso electoral , en especial la obligación que tiene cada asociado de cumplir con el encargo que le asigne la Asamblea General en caso de salir elegido por sorteo , integrante del Comité Electoral o miembro de mesa.

En este mismo escenario, crear conciencia de la responsabilidad a la hora de conformar las listas de postulantes sobre todo informando a los Comités de Aula los deberes y derechos que tienen cada uno de los cargos directivos a elegir.

3. INICIO DEL PROCESO ELECTORAL

El Proceso Electoral se inicia con la Convocatoria a Asamblea General de Asociados por parte del Consejo Directivo saliente con la finalidad de elegir al Comité Electoral que se encargará de llevar a delante el proceso.

Es importante tener en cuenta que la convocatoria tiene carácter de obligatorio y se realiza dentro de los primeros quince días del mes de Octubre, en caso contrario y con igual obligatoriedad el Director de la IE deberá hacerlo.

En este último caso la participación del Director se limita a convocar y dejar instalada la Asamblea General para que sea ésta la encargada de nombrar un director de debates y un secretario para los fines del caso. Instalados ambos corresponde a ellos llevar a cabo el sorteo de los integrantes del Comité Electoral. En estas circunstancias no puede asumir esta responsabilidad ningún miembro del Consejo Directivo saliente.

La convocatoria debe hacerse con la debida anticipación (no menos de 5 días previos a su realización) a través de carteles y o citaciones distribuidas a los Padres de Familia.

En dicha convocatoria deberá consignarse la finalidad de la Asamblea , esto es la elección del Comité Electoral.

4. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ELECTORAL

Una de las innovaciones contenidas en la Ley y el Reglamento la constituye la elección por sorteo de los Padres de Familia integrantes del Comité Electoral.

La norma dispone que esa es una condición básica para su conformación de modo tal que el sorteo deberá llevarse a cabo en la misma Asamblea General y de manera pública.

La integran tres asociados (as) que ocuparán los cargos de Presidente, Secretario y Vocal.
No hay disposición especial que señale la forma de efectuar el sorteo , puede ser a través de balotas numeradas que coincidan con los números de registro de cada uno de los asociados.

Tampoco existe requisito particular para conformar este comité, ni experiencia previa. Salvo claro está que el elegido (a) se encuentre presente al momento del sorteo y sea asociado (a) inscrito de la APAFA.

Una buena sugerencia y que no está al margen de la norma, es que el sorteo se haga para elegir los tres integrantes sin cargo específico. Una vez establecida la terna, serán ellos los que escojan los cargos atendiendo a sus aptitudes y habilidades para determinado puesto. Tras ello corresponde a la Asamblea General ratificar este acuerdo.

5. FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL

Organizar y difundir el Proceso Electoral.
La convocatoria a Elecciones es un acto formal mediante el cual el Comité electoral tras la primera sesión de sus miembros hace de conocimiento de los Sres. Asociados el Proceso Electoral que se llevará a cabo, indicando el Cronograma respectivo de acuerdo a las etapas descritas en el art. 48 del Reglamento de APAFAS.

Solicitar al Consejo directivo el Padrón de Asociados.
La confección del Padrón Electoral requiere indispensablemente esta información. Ver modelo de Padrón . Se elabora por duplicado y se agrupa a 100 votantes para conformar cada mesa de sufragio.

La difusión del Proceso Electoral
Es permanente en todas sus etapas , tanto para la Convocatoria Inicial cuanto para la publicación del Reglamento Electoral, las listas inscritas, las impugnaciones a ellas y las resoluciones que emita el Comité Electoral para absolverlas, etc.

Elaborar o actualizar el Reglamento Electoral.
Uno de los trabajos más delicados del Comité Electoral es sin duda la elaboración del Reglamento Electoral. Debe tenerse presente que este documento guiará el proceso electoral por lo cual tiene que contemplar situaciones inesperadas que afecten el normal desarrollo del proceso.

6. El Reglamento Electoral

Una de los instrumentos de mayor importancia en el Proceso Electoral viene a ser el Reglamento, lo que allí se disponga y se consigne servirá para llevar adelante cualquier dificultad o imprevista que surja en el trayecto hacia la elección de los nuevos directivos.

Su redacción deber ser clara , consisa y simple, alejada de complicaciones legales y sobre todo expeditiva para no convertir el Proceso Electoral es una maraña de disposiciones difíciles de cumplir y por tanto escritas para ser ignoradas .

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1 comentario:

  1. el ministerio de educacion debe dar algunos alcances para evitar que le saquen la vuelta a las normas.

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