viernes, 28 de noviembre de 2008

CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR


Es necesario dejar atrás el castigo como consecuencia de una conducta inapropiada en el alumno y convertir la ocasión en una oportunidad de aprendizaje y desarrollo personal para el educando.

Apartar a los "niños problema" de sus compañeros de clase es una forma de segregación que se practica en algunas IIEE con la creencia de que así "preservará" a los demás de tan mala influencia. Esta estrategia con frecuencia produce conductas absentistas o de deserción escolar.

El alumno discriminado se ve menoscabado y elabora un concepto negativo de sí mismo. Ante esta situación nada de lo que haga después será peor , el ya es "muy malo" y obrará como tal.

Por ello PADRES POR LA EDUCACION cree muy importante que los Docentes revisen sus prácticas pedagógicas al respecto. Aún se denuncian ante el CADER castigos físicos (cachetadas, jalones de orejas, posturas fisicas forzadas) maltrato psicológico (insultos degradantes, comparaciones negativas, apodos y sobrenombres vergonzantes), sanciones degradantes (pública mención de su inconducta, amarrar las manos a los más peqeños, pegarles los labios con cinta adhesiva para que no hablen, encerrarlos en el aula, dejarlos sn recreo) y un largo y oprobioso etcétera.

Y no es raro comprobar que los propios Padres y tutores (víctimas en su niñez del mismo abuso) alienten y aprueben estas prácticas aberrantes.

Que la IE y sus profesionales de la Educación no estén preparados para abordar este delicado tema, no significa que no se deba cuestionar y erradicar estas formas de maltrato escolar. Los menores con conductas en riesgo son sujetos de derecho y tan niños o adolescentes como los demás, si la Escuela o el Colegio no asume el reto de resolver sus problemas conductuales estará echando a la calle a un resentido social sin ninguna oportunidad de labrarse un futuro de un ser humano.

Aquí les mostramos una sección de la Resolución Viceministerial Nº 0022-2007-ED “Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica” de acuerdo a ella las sanciones que se aplican a los alumnos deben guardar las siguientes características:


  1. Las sanciones se establecen de acuerdo a las faltas cometidas las que pueden ser: leve, moderada y grave.

  2. Las sanciones no deben afectar el desarrollo pedagógico, la integridad física, psíquica y moral del estudiante sancionado.

  3. Los estímulos tendrán un carácter ejemplificador, destacando los comportamientos y actitudes positivas de los estudiantes.

  4. Las sanciones deben ayudar a desarrollar la toma de conciencia por la falta cometida.
    Estímulos y sanciones se aplican oportunamente de acuerdo a las edades de los estudiantes.

VER LA NORMA COMPLETA EN :

Legislacion Educativa para Padres de Familia

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